martes, 6 de octubre de 2015

Símbolos  Patrios

La Ceiba: 

La ceiba fue declarada Arbol Nacional por iniciativa del notable botánico guatemalteco Ulises Rojas. El 8 de Marzo de 1955, la Ceiba Pentandra fue reconocida como insignia representante de la flora guatemalteca, para simbolizar el orgullo de nuestras soberanas raíces mayas.

De acuerdo a investigaciones de la Academia de Geografía e Historia, la fronda de la ceiba cubre hasta 1600 metros cuadrados. Además, es poseedora de hermoso follaje y excelentes propiedades medicinales.




La Monja Blanca: 
La Monja Blanca –lycaste skinneri alba– fue declarada representativa de la flor nacional el 11 de febrero de 1934, por decreto presidencial del general Jorge Ubico.

Leticia de Southerland, presidenta de la exposición internacional de flores, celebrada en Miami Beach, Florida, en 1933, envió al Gobierno guatemalteco la sugerencia de que la Monja Blanca fuera nombrada flor nacional.
El general Ubico, después de haber consultado a personas versadas, como los señores Ulises Rojas y Mariano Pacheco H. y entidades como la Biblioteca Nacional y la Sociedad de Geografía e Historia, emitió el decreto respectivo.



El Quetzal: 
El quetzal pasó a ser Ave Símbolo Nacional el 8 de noviembre de 1871. Su nombre científico es Pharomachrus mocinno.

Pharomachrus en griego quiere decir luz grande, en tanto que mocinno es en honor al naturalista mexicano del siglo XIX, José Mariano Mociño, quien llevó los primeros ejemplares a Europa.
Su hábitat son los bosques nublados, bosques lluviosos, montañas de altura, bosques vírgenes con altitudes promedio de 900 a tres mil 200 metros en los que abunda el aguacatillo, pino blanco, guarumo, bálsamo, roble y ciprés, entre otros.
Su área de distribución va desde Chiapas, México, hasta la región norte de Nicaragua.

El Pabellón:  Fue creado por Decreto No.12, emitido por el General Miguel García Granados, el 17 de agosto de 1871. Se consideraba entonces, que la revolución imponía el deber de adoptar un pabellón que armonizara con leyes fundamentales de la República que establecen su absoluta independencia. El Decreto en si, reza lo siguiente: “1º. Los colores nacionales serán el azul y blanco, dispuestos en tres franjas verticales quedando la blanca en el centro. 2º. El pabellón llevará sobre la faja blanca el escudo de la República. 3º. El pabellón mercante será el mismo pero sin escudo. 4º. La cucarda llevará los mismos colores nacionales dispuestos en la misma forma.”






los simbolos patrios:



No hay comentarios:

Publicar un comentario